
Actualización – 27 de mayo de 2026: En los días posteriores a la publicación original de este artículo, el alcance práctico del PM-602-0199 se ha definido con mayor claridad. Según datos públicos de USCIS, en el año fiscal 2024 se otorgaron más de 500.000 green cards a personas que ya se encontraban dentro de Estados Unidos a través del ajuste de estatus, lo que representa más de la mitad de todas las green cards emitidas ese año. La American Immigration Lawyers Association (AILA) emitió una declaración pública en la que señala que muchos abogados de inmigración cuestionan la base legal del memorándum y anticipan demandas judiciales en las próximas semanas. AILA también ha resaltado un obstáculo práctico crítico: los consulados de EE. UU. habrían suspendido el procesamiento de solicitudes de green card para nacionales de 75 países, lo que significa que, para una parte significativa de los solicitantes afectados, el “proceso consular en el exterior” no constituye una vía alternativa realista. Nada de esto modifica el análisis que sigue a continuación, el memorándum continúa siendo una recalibración centrada en la discreción y no un cambio en los requisitos legales de elegibilidad, pero agudiza considerablemente las implicaciones prácticas y subraya por qué la asesoría legal individualizada importa más que nunca. Continuaré actualizando este artículo a medida que la política avance y se desarrolle el litigio correspondiente.
Si has estado viendo las noticias de inmigración últimamente, probablemente encontraste titulares alarmantes sobre una nueva política del USCIS que está “cambiando las reglas” para las tarjetas verdes. Las redes sociales están llenas de advertencias y llamados al pánico. Algunos dicen que el ajuste de estatus terminó. Otros dicen que no cambió nada.
La verdad, como siempre, está en el medio, y para entender exactamente dónde, hay que alejarse del ruido.
Te lo explico.
Qué Pasó Realmente
El 21 de mayo de 2026, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) publicó el Memorando de Política PM-602-0199. Su título oficial es casi un párrafo entero, pero su mensaje central se puede resumir en una sola oración:
Obtener una tarjeta verde desde dentro de los Estados Unidos no es un derecho – es un privilegio, y los oficiales del USCIS están siendo recordados de tratarlo así.
Eso es todo. Eso es el memorando.
No cancela las tarjetas verdes. No deroga la ley que permite aplicar desde dentro del país. No elimina ninguna categoría de visa. Lo que hace es instruir a los oficiales de USCIS a revisar con más cuidado – y más escepticismo – las solicitudes presentadas desde dentro de los Estados Unidos en lugar de seguir el proceso estándar en el exterior.
Un Resumen Rápido: Dos Caminos Para Obtener la Tarjeta Verde
Para entender por qué esto importa, necesitas saber que generalmente existen dos caminos hacia la residencia permanente en los Estados Unidos.
Camino 1: Procesamiento Consular. Solicitas una visa de inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el exterior. Haces tu entrevista fuera del país y, si te aprueban, entras a los Estados Unidos como residente permanente. Este es el camino estándar y ordinario que el Congreso diseñó.
Camino 2: Ajuste de Estatus. Si ya estás dentro de los Estados Unidos con una visa válida o bajo un permiso de entrada (parole), puedes solicitar la residencia permanente sin salir del país. Esto se llama Ajuste de Estatus, y es lo que solicitas cuando presentas el Formulario I-485.
Ambos caminos son legales. Ambos están disponibles para los solicitantes que califican. Pero aquí está lo que el PM-602-0199 deja claro: el Ajuste de Estatus siempre ha sido – y sigue siendo – lo que la ley migratoria llama un beneficio extraordinario. Te permite saltarte el proceso ordinario. Y saltarse el proceso ordinario, nos recuerda el memorando, es un privilegio que hay que ganarse, no un atajo que llega automáticamente.
Qué Cambia el Memorando en la Práctica
Aquí está la parte que importa en la práctica, y donde vive mucha de la confusión.
El memorando no cambia quién es elegible para el Ajuste de Estatus. La ley – INA § 245 – sigue exactamente como el Congreso la escribió. Lo que el memorando cambia es cómo se instruye a los oficiales a ejercer su discreción al decidir si aprueban una solicitud que de otra manera calificaría.
Piénsalo así. La elegibilidad es el boleto de entrada – te abre la puerta. La discreción es el juicio sobre si mereces quedarte una vez que estás adentro. El PM-602-0199 trata enteramente sobre esa segunda pregunta.
Bajo este memorando, los oficiales de USCIS ahora tienen instrucciones explícitas de tratar ciertos hechos como factores negativos – cosas que cuentan en tu contra en ese análisis. Los más importantes son:
- No haber salido de los Estados Unidos cuando tu visa o permiso de entrada venció
- Haber violado las condiciones de tu estatus migratorio, como trabajar sin autorización
- Usar el Ajuste de Estatus para evitar el procesamiento consular cuando sí podías haberlo hecho
- Conducta inconsistente con el propósito original de tu visa
Al mismo tiempo – y esto es igualmente importante – el memorando exige que los oficiales balanceen esos factores negativos contra los positivos. Vínculos familiares en los Estados Unidos, empleo estable, cumplimiento tributario, buen carácter moral, contribuciones a la comunidad, circunstancias humanitarias. Ninguno de estos factores desaparece. La ley sigue requiriendo un balance genuino e individualizado de todo lo que hay en tu expediente.
Lo Que el Memorando NO Hace
Porque hay tanta desinformación circulando, vale la pena ser directa sobre lo que esta política no dice.
No termina con el Ajuste de Estatus. La INA § 245 sigue siendo ley. Las personas continuarán ajustando su estatus dentro de los Estados Unidos todos los días.
No significa que todos los que tienen visa temporal están descalificados. El memorando reconoce específicamente las categorías de visa de doble intención – como la H-1B y la L-1 – como compatibles con solicitar la tarjeta verde desde dentro del país.
No significa que el procesamiento consular es ahora obligatorio para todos. El procesamiento consular no está disponible en todas las categorías de inmigrante, y el memorando lo reconoce. Para algunas personas, el Ajuste de Estatus es el único camino realista.
No significa que un solo problema en tu historial mata automáticamente tu caso. La ley exige un análisis de la totalidad de las circunstancias. Un factor negativo no equivale a una negativa. Lo que significa es que los factores negativos ahora tienen más peso en el análisis del oficial, y un expediente bien preparado importa más que nunca.
El Detalle que Todo el Mundo Necesita Escuchar
Si tienes una visa H-1B, L-1 u otra visa de doble intención, puede que hayas leído que estás protegido. Lo estás — pero solo parcialmente, y aquí es donde mucho contenido de redes sociales está engañando a la gente con simplificaciones excesivas.
El memorando dice explícitamente que mantener un estatus de doble intención válido no es suficiente por sí solo para garantizar un resultado favorable. En otras palabras, estar en estatus H-1B cuando presentas tu I-485 es un factor positivo importante, pero no cierra la pregunta discrecional. Todavía necesitas demostrar, a través de tu expediente completo, que el ejercicio favorable de la discreción está justificado.
Esto no significa que los titulares de H-1B deban entrar en pánico. Significa que deben estar preparados.
Una Aclaración Sobre el Procesamiento Consular y el “País de Origen”
Algo que vale la pena aclarar – porque ha sido mal expresado en varios lugares, incluyendo algunas publicaciones en redes sociales – es lo que el procesamiento consular realmente requiere geográficamente.
El procesamiento consular no significa necesariamente regresar a tu país de origen. Significa completar tu entrevista de visa de inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el exterior, lo cual en muchos casos puede ser un tercer país. Esta distinción importa enormemente para personas de países donde regresar representa un riesgo serio para su seguridad. La opción legal de hacer el procesamiento consular a través de un tercer país existe y siempre ha existido.
Entonces, ¿Qué Debes Hacer?
Si tienes una solicitud de Ajuste de Estatus pendiente, no la retires sin hablar primero con un abogado de inmigración. Retirarla puede tener consecuencias serias, incluyendo la pérdida de tu autorización de trabajo y, para algunos solicitantes, consecuencias de presencia ilegal al salir del país.
Si estás planeando presentar tu solicitud, este es el momento de construir lo que los abogados llaman un expediente de equidades, una historia documentada y basada en evidencia de tu vida en los Estados Unidos que va más allá de simplemente cumplir los requisitos legales. Declaraciones de impuestos, registros de empleo, participación comunitaria, documentos familiares, prueba de que mantuviste tu estatus migratorio. Todo eso importa más ahora que antes de este memorando.
Si estás en una visa temporal y mantienes tu estatus legal, sigue haciendo exactamente eso. No dejes que tu estatus venza confiando en un I-485 pendiente. Bajo este memorando, perder el estatus subyacente puede convertirse en una vulnerabilidad discrecional incluso cuando la elegibilidad legal se mantiene intacta.
Y si estás pensando en viajar internacionalmente con un I-485 pendiente, habla con un abogado antes de reservar cualquier cosa. El Advance Parole sigue siendo legalmente disponible, pero el entorno de política actual hace que la planificación cuidadosa sea esencial.
La Conclusión
El PM-602-0199 es un cambio de política real, pero no es el cambio apocalíptico que algunos titulares sugieren, ni tampoco es algo que se puede ignorar. Es una recalibración significativa de cómo se espera que los oficiales de USCIS ejerzan su discreción, y aumenta las consecuencias prácticas para cualquier persona que solicite una tarjeta verde desde dentro de los Estados Unidos.
La ley sigue funcionando. Los caminos siguen existiendo. Pero los días de tratar el Ajuste de Estatus como un trámite administrativo de rutina terminaron. Cada caso ahora necesita construirse como si la discreción fuera la pregunta central – porque bajo este memorando, lo es.
Si tienes preguntas sobre cómo esto afecta tu situación específica, consulta a un abogado de inmigración calificado. La información general – incluyendo este artículo – no sustituye el asesoramiento legal individualizado.
Una Nota Sobre el Propósito de Este Artículo
Este artículo tiene un solo objetivo: explicar lo que el PM-602-0199 realmente dice, de la manera más objetiva y clara posible, sin el alarmismo que lo ha rodeado. Entender una política no es lo mismo que respaldarla. La verdad es que en este momento no sabemos con certeza cómo se verá la aplicación práctica de este memorando – ni lo que significará realmente para las personas con solicitudes de Ajuste de Estatus pendientes o futuras. El panorama migratorio en los últimos meses ha estado marcado por políticas que cambian rápidamente, litigios activos, y decisiones de tribunales federales que han pausado o modificado acciones de las agencias – y es probable que este memorando no sea la excepción a ese patrón. Lo que un memorando dice hoy y lo que ocurre en el escritorio del oficial que adjudica tu caso no siempre son la misma cosa, y cómo esta guía se desarrolle en la práctica se irá aclarando a medida que los tribunales, los profesionales del derecho y los propios solicitantes la enfrenten con el tiempo. Comparto este análisis porque las comunidades informadas toman mejores decisiones – no porque crea que esta política es justa, inevitable, o imposible de cuestionar. Como siempre, el paso más importante que cualquier persona puede dar es consultar a un abogado de inmigración calificado sobre su situación específica.
Este artículo es únicamente para fines informativos y no constituye asesoramiento legal.
Lissie Albornoz

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